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Control Interno: Herramienta para la
buena gobernanza
Contralor General de la República /Venezuela
Publicado en Correo del Orinoco el 14 de marzo de 2017
Publicado en este blog: febrero, 2018
Publicado en Correo del Orinoco el 14 de marzo de 2017
Publicado en este blog: febrero, 2018
La
Buena Gobernanza es concebida como la sana administración de los recursos para
la preservación y salvaguarda del patrimonio público, en aras de alcanzar los
objetivos de una gestión eficiente y eficaz. El éxito de la Buena Gobernanza no
sólo tiene que ver con la toma de decisiones asertivas y consensuadas, sino
también con lograr que sea participativa, responsable, transparente, receptiva
e incluyente, respetando el Estado de Derecho y eliminando los posibles
escenarios para la corrupción.
La
Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela cumple con los
acuerdos de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras
Superiores (INTOSAI), organismo autónomo, independiente y apolítico, cuya
función es la fiscalización pública exterior que durante más de 50 años ha
proporcionado un marco institucional para la transferencia, con la finalidad de
mejorar las prácticas en este campo, emití el 16/12/2015 las Normas Generales
de Control Interno, en la Resolución Nº 01-00-000619, publicadas en la Gaceta
Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.851 de fecha 18/02/2016.
Estas
normas plantean los estándares mínimos que deben ser observados por los órganos
y entes de la Administración Pública y las organizaciones de base del Poder Popular
para organizar, establecer, mantener y evaluar el sistema de control interno,
el cual debe estar estructurado por los componentes: Ambiente y Actividades de
Control, Valoración del Riesgo, Sistema de Información y Comunicación, y
Monitoreo, para garantizar la eficiencia de la gestión en el manejo de los
recursos mediante la rendición de cuentas.
Por
esta razón, lucho para prevenir la corrupción acatando las directrices para la
Buena Gobernanza propuesta por la INTOSAI en la reforma a las Normas Generales
de Control Interno, las cuales consolidan la gestión en la ejecución de los
recursos públicos, apegadas a los principios de honestidad, celeridad,
eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad, ya
que estos rigen el ejercicio de la Administración Pública y la participación
ciudadana. Es necesario el reconocimiento e importancia de las Directrices para
la Buena Gobernanza, propuesta por la INTOSAI, porque estas herramientas ayudan
a mejorar los procesos que impliquen acciones administrativas y operativas para
el logro de los objetivos y metas planteadas.
REFERENCIA
Galindo, M. (2017). Control interno: Herramienta para
la buena gobernanza. Contraloría General
de la República.
Disponible: http://www.cgr.gob.ve/site_news.php?notcodigo=00001300&Anno=2017&t=2
Consulta: enero, 2018
Disponible: http://www.cgr.gob.ve/site_news.php?notcodigo=00001300&Anno=2017&t=2
Consulta: enero, 2018
Estabilidad absoluta de los
funcionarios públicos
Autor: Msc. Víctor Velasco
Político/Abogado
Publicado en el Diario La Verdad
Maracaibo/Venezuela / Enero, 2018
Publicado en este blog: febrero, 2018
Publicado en el Diario La Verdad
Maracaibo/Venezuela / Enero, 2018
Publicado en este blog: febrero, 2018
Por
norma constitucional, los funcionarios públicos gozan de su propia legislación
y jurisdicción; así pues, las reclamaciones o diatribas judiciales derivadas de
su relación de empleo con el Estado, tal como es el caso de su estabilidad, o
sus prestaciones sociales
Anteriormente
analizamos la inamovilidad que ampara a los trabajadores al servicio de la
administración pública que están bajo la égida, los tribunales y la
administración del trabajo de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores
y Trabajadoras (LOTTT, 2012); que son básicamente los obreros y el personal
contratado, quedando protegidos por lo que en doctrina se denomina como un
“Sistema de despido propuesta”. Ahora bien, por mandato del artículo 146 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 (CRBV), por
regla, la función pública, es de carrera, y por efecto los funcionarios gozan
de estabilidad en sus puestos; salvo aquellos que sean de elección popular y
los funcionarios de libre nombramiento y remoción (dirección, alto nivel y
confianza).
REFERENCIA
Velasco,
V. (2018). Estabilidad absoluta de los funcionarios públicos. Diario
La Verdad.
[Periódico en línea] Disponible:
Consulta: enero, 2018
Algunas Consideraciones sobre el Procedimiento Asministrativo y el
Expediente Administrativo
Autora: Cosimina G. Pellegrino Pacera
Abogada
Especialista en
Derecho Administrativo
Doctora en Ciencias, Mención Derecho.
Revista de la Facultad de Derecho N° 64 (2009)
Universidad Central de Venezuela (UCV)
Publicado en este blog: febrero, 2018
El procedimiento administrativo es el conjunto de
actos jurídicamente regulados. Es la forma jurídica en
que actúa Ia Administración; su modus procedendi.
En el procedimiento administrativo se aplican una
serie de principios que sirven de garantía para el
administrado en la tramitación del expediente. Dichos
principios surgen de las normas jurídicas, constitucionales y legales, así como de Ia jurisprudencia y la
doctrina, que a 10 largo de Ia historia han ido tomando
un protagonismo importante, y que en la actualidad,
desconocerlos, resulta casi imposible.
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